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31 »Si el sacerdote examina la llaga de la tiña, y ésta no se ve más hundida que la piel, ni hay en ella ningún pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de tiña durante siete días. 32 Al séptimo día, el sacerdote examinará la llaga; si la tiña parece no haberse extendido, ni hay en ella ningún pelo amarillento, ni la tiña se ve más hundida que la piel, 33 entonces el sacerdote hará que el llagado se rasure, excepto en el lugar afectado, y encerrará al tiñoso siete días más.

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